GOLPISMO EN VERACRUZ
Fotografía: Multigráfica Agencia |
Este martes 3 de septiembre de 2019 será
recordado como una fecha infame para la división de poderes, la autonomía de
las instituciones y el orden constitucional en el estado de Veracruz.
En el Congreso del Estado se consumó lo que
en los hechos representa un escandaloso quebrantamiento del estado de Derecho
desde uno de los poderes de la entidad, el cual decretó, a través de un
procedimiento viciado de origen, la remoción de Jorge Winckler Ortiz como
fiscal general de la entidad.
Por principio de cuentas, el órgano que
perpetró este hecho, la Diputación Permanente de la LXV Legislatura del Estado,
no cuenta con atribuciones para destituir al Fiscal General.
Tanto en el artículo 41 de la Constitución
General del Estado como en el numeral 42 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo local, se establece que la Diputación Permanente puede “llamar a
los diputados sustitutos de la propia Diputación”; “nombrar provisionalmente a
los magistrados del Tribunal Superior de Justicia”; “llamar, en cualquier
momento, cuando se trate de diputados elegidos por el principio de
representación proporcional, al siguiente en el orden que corresponda, según
las listas presentadas por los partidos políticos, si ocurriere la falta del
propietario y del suplente”; “designar provisionalmente a quien sustituya al
Consejero de la Judicatura que hubiere designado el Congreso”; y “designar
provisionalmente a quien sustituya al Contralor General del Instituto Electoral
Veracruzano, en caso de renuncia, inhabilitación, ausencia o muerte”.
En ningún caso está contemplada en la ley la
remoción del titular de organismo autónomo alguno, incluida la Fiscalía, por
parte de la Diputación Permanente. El procedimiento para su destitución está
considerado en el Artículo 67 de la misma Constitución de Veracruz, donde se
indica que “el
Fiscal General podrá ser removido por el Congreso por las causas graves que
establezca la ley, y por el mismo procedimiento de votación establecido para su
designación”. Procedimiento que se puntualiza en el mismo artículo: “será
sometido al Pleno del Congreso del Estado” que “designará al
Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes”.
Atendiendo
solamente a estas causales, lo aprobado este martes en el Poder Legislativo de
Veracruz constituye una gigantesca ilegalidad. Pero ésta se convierte en algo
aún peor cuando se cae en la cuenta de que la “figura” usada para quitar del
cargo a Jorge Winckler, la “remoción temporal”, no existe en la legislación. Es
una trastada operada desde el gobierno de Cuitláhuac García y ejecutada por los
diputados de Morena en la LXV Legislatura.
Tan
es así, que la persona nombrada de manera ilegal como “encargada” de la
Fiscalía, Verónica Hernández Giadans, se desempeñaba hasta el día de hoy como
directora jurídica de la Secretaría de Gobierno de Veracruz, donde despacha
Eric Patrocinio Cisneros –quien desde que llegó al cargo tenía la consigna de
destituir al Fiscal-, y está vinculada con Rafael Hernández Villalpando, pues
fue secretaria del Ayuntamiento de Xalapa cuando el hoy diputado federal de
Morena fue presidente municipal de la capital veracruzana.
Por
si fuera poco, la Diputación Permanente habría incurrido en desacato a una suspensión
definitiva vigente que impide la destitución del Fiscal General; y además,
nombró ilegítimamente a Hernández Giadans, pues de acuerdo con el artículo 498
del reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía, “en caso de que la Fiscalía
quede vacante por cualquier circunstancia, en tanto se sustancia el
procedimiento establecido en el artículo 67 fracción I d) 1 de la Constitución
del Estado, quedará a cargo, de manera provisional, la servidora pública o el servidor
público que en orden de prelación se encuentre señalado de la fracción II a la
V del artículo 15 de la Ley Orgánica”, y que son el Abogado General, el Oficial
Mayor, el Visitador General, el Fiscal de Investigaciones Ministeriales o el
Fiscal Anticorrupción. Nunca, alguien externo a la Fiscalía. Menos aún,
impuesto desde el Ejecutivo.
Jorge
Winckler incurrió en innumerables anomalías a su paso por la Fiscalía. Torció
la ley, la puso al servicio del grupo político al que pertenece y la utilizó
para perseguir a los enemigos de sus jefes, mientras la violencia escalaba
desde la anterior administración. Tan solo este mismo martes, la organización
Impunidad Cero ubicó a la Fiscalía de Veracruz entre las tres peores del país
de acuerdo con su Índice Estatal de Desempeño 2019. Si por algo debía irse
Winckler era por éstas y otras muchas razones, pero bajo los procedimientos
marcados en las normas.
El
problema no es que se vaya Winckler. Lo que resulta catastrófico es que lo
sucedido este martes en Veracruz fue la reiteración de la violación flagrante y
descarada de la legalidad como forma de hacer política en Veracruz. Con una
peligrosa agravante: se violó la autonomía de un organismo autónomo desde los
Poderes del Estado y hasta se cometieron abusos de autoridad al tomar por
asalto, con la fuerza pública –que debería estar combatiendo delincuentes-, las
instalaciones de la Fiscalía General e impedir violentamente el acceso a
representantes populares. Fue un acto de vulgar golpismo. Ni los priistas se
habían atrevido a tanto en los últimos 25 años.
Abiertamente,
el gobierno de la llamada “cuarta transformación” en Veracruz –seguramente con
aval federal- se convirtió en aquello que combatía. Y si ya no le importa
violentar desvergonzadamente organismos autónomos, ¿qué podrá importarle
después?
Email:
aureliocontreras@gmail.com
Twitter:
@yeyocontreras
Comentarios
Publicar un comentario